- La capacidad del bus (barra) de un tablero es un límite físico independiente de cuántos breakers derivados tenga instalados.
- Un tablero tipo panelboard residencial/comercial de alumbrado (incluyendo diseños tipo I-Line) se diseña para un número fijo de espacios (con frecuencia 42 o menos); el Art. 408-54 exige que no se puedan instalar más dispositivos de los previstos, y superarlos requiere un tablero adicional o uno de mayor capacidad. Un interruptor de 2 o 3 polos cuenta como 2 o 3 dispositivos.
- La regla del 120% (Art. 705.12) aplica cuando hay una segunda fuente de alimentación (inversor solar, generador) inyectando corriente al mismo bus: limita el breaker de esa segunda fuente para que la barra nunca vea más del 120% de su capacidad nominal.
Ejemplo: antes de prometerle a un cliente que su inversor se conecta "directo al tablero", hay que verificar el bus, el principal y el espacio de polos disponibles — no solo si hay un espacio físico libre.